EXHORTAN A REGULAR COMERCIOS*** Para evitar recargos y sanciones

Fortín, Ver.- A fin de mantener regulada la economía en Fortín y en base al código hacendario municipal, el Ayuntamiento invita a los comercios a cumplir con la revisión y solicitud de las cédulas de empadronamiento municipal, así como el pago del refrendo anual de toda actividad económica.

Miguel Ángel García Pitol, director de Comercio, informó que dicho reglamento municipal marca, que los pagos deberán realizarse en los primeros tres meses del año, de lo contrario recibirán una multa por la falta administrativa cometida.

"La dirección a mi cargo está facultada para hacer la revisión y solicitar a los comercios las cédulas de empadronamientos municipales, en los cuales, cada negocio tiene la obligación de realizar un pago ya sea de apertura o de refrendo, no importa que estén dados de alta en Hacienda Federal y que estén realizando un pago a la federación", declaró.

Expuso que quienes realicen sus pagos deberán tener a la vista una copia o el original del pago municipal de su impuestos que irá variando dependiendo del giro de cada comerciante.

Agregó que de acuerdo al artículo 196 del capítulo II del Código Hacendario, indica que los propietarios de negociaciones comerciales, industriales, de prestación de servicios, de comisión y, en general, de toda actividad económica, deberán empadronarse en la Tesorería y obtener la cédula respectiva y, en su caso, la licencia o autorización de funcionamiento que corresponda, ya sea que sus actividades las realicen en tiendas abiertas al público, en despachos, almacenes, bodegas, interior de casas o edificios o en cualquier otro lugar.

"Esta cédula de empadronamiento se mantendrá vigente, hasta en tanto no se realice baja, cambio de giro o de domicilio, excepto para los giros que implican el expendio de bebidas alcohólicas, en cuyo caso la vigencia de la cédula de empadronamiento de la licencia será de un año", manifestó.

Por último explicó que el otorgamiento de la licencia de funcionamiento, permiso o autorización, registro y refrendo a negociaciones, siempre serán autorizados por la Tesorería, cuya reglamentación y vigilancia corresponda a la autoridad municipal, es decir a través de la dirección de Comercio.