México, D. F., a 8 de febrero de 2012 .- Tras ganar todas las instancias en los tribunales y haberse realizado la ratificación de que la gasolinería construida en Insurgentes Sur 4097 no puede ser abierta, los vecinos del Conjunto Residencial Tlalpan II dicen estar “urgidos porque se cumpla la sentencia lo más pronto posible porque, pese a que no debieran ser así las cosas, estamos sujetos a los tiempos y vaivenes políticos”.
El grupo de condóminos insiste en que las autoridades deberán dejar sin efectos la Manifestación de Construcción y, al dictaminar el Tribunal de lo Contencioso Administrativo en el Distrito Federal que se deben “regresar las cosas al estado en que se encontraban antes del inicio de la ejecución de la estación de servicio de gasolinería”, quiere decir que no debe existir tal estación de servicio, por lo que debe demolerse.
“Recuerden ustedes que estamos próximos a un cambio de administración y que ha sido en las épocas de campaña electoral, cuando todo mundo se encuentra pendiente del sentido de su voto, el momento para que los diputados o gobernantes suplentes den los permisos de obras que no debieron construirse por incumplir con los mínimos requisitos a que se refería la ley”, expresó Javier Méndez Guzmán, vocero del grupo.
Fue precisamente en un intervalo electoral, el de 2009, cuando el entonces Director General de Regulación Ambiental de la SMA, Alejandro Rafael Nyssen Ocaranza, entregó los permisos de impacto ambiental que incumplían los mínimos requisitos para la construcción y en el mismo lapso los funcionarios y el Jefe Delegacional suplente dejado por Guillermo Sánchez Torres en Tlalpan, de nombre José Pérez y Pérez, fueron quienes otorgaron la licencia de construcción cuya negociación había iniciado el político que hoy quiere volver a gobernar Tlalpan, misma que fue ratificada y defendida por Higinio Chávez.
“Nos encontramos en la etapa final y esperaríamos que las autoridades ejecutivas tomen decisiones con voluntad, sin importar el momento político ni el color del gobierno, para hacer cumplir la ley y respetar el Estado de Derecho”, argumentó el abogado Rolando Cañas Moreno, quien ha llevado el caso.
Cañas dijo que en este momento el fondo de la sentencia es inamovible, aunque tampoco descartan actos de dilación para el cumplimiento de la sentencia por parte de la empresa.
Por este motivo, los habitantes del Conjunto Residencial Tlalpan II solicitaron a los medios de comunicación su apoyo para mantener la más amplia difusión del caso y su solicitud para que el Gobierno del Distrito Federal, apegado a los principios de equidad, justicia y democracia que animan al gobierno de Marcelo Ebrard Casaubón, “lleven a efecto la ejecución de la sentencia que, en estricto sentido jurídico, determina la demolición de la construcción realizada al amparo de autorizaciones declaradas nulas por los órganos jurisdiccionales competentes de manera definitiva y concluyente”.
Asimismo, los condóminos del Conjunto Residencial Tlalpan II dieron a conocer que ganaron en primera instancia la demanda por daño moral que por 46 millones de pesos interpuso en su contra el empresario del Servicio El Tlalpense, con lo que pretendía resarcir los daños económicos causados por la sentencia del Tribunal, luego de haber iniciado una construcción que a todas luces era irregular.
La sentencia del Juzgado Quincuagésimo Octavo de lo Civil, bajo el expediente 70/2010, “de todas las prestaciones reclamadas a todos y cada uno de los codemandados”, que en su contra intentó el empresario, “por estimar que las acciones de protesta desplegadas por los integrantes organizados del Conjunto Residencial Tlalpan Dos, para pronunciarse públicamente en contra de la construcción y operación de la gasolinera contigua a dicho condominio habitacional, domiciliada en Avenida Insurgentes Sur 4097; no resultaron constitutivas de ilícitos civiles, ni generadoras de daños morales o de responsabilidad objetiva en contra de Servicio El Tlalpense, S.A. de C.V.
El grupo de condóminos insiste en que las autoridades deberán dejar sin efectos la Manifestación de Construcción y, al dictaminar el Tribunal de lo Contencioso Administrativo en el Distrito Federal que se deben “regresar las cosas al estado en que se encontraban antes del inicio de la ejecución de la estación de servicio de gasolinería”, quiere decir que no debe existir tal estación de servicio, por lo que debe demolerse.
“Recuerden ustedes que estamos próximos a un cambio de administración y que ha sido en las épocas de campaña electoral, cuando todo mundo se encuentra pendiente del sentido de su voto, el momento para que los diputados o gobernantes suplentes den los permisos de obras que no debieron construirse por incumplir con los mínimos requisitos a que se refería la ley”, expresó Javier Méndez Guzmán, vocero del grupo.
Fue precisamente en un intervalo electoral, el de 2009, cuando el entonces Director General de Regulación Ambiental de la SMA, Alejandro Rafael Nyssen Ocaranza, entregó los permisos de impacto ambiental que incumplían los mínimos requisitos para la construcción y en el mismo lapso los funcionarios y el Jefe Delegacional suplente dejado por Guillermo Sánchez Torres en Tlalpan, de nombre José Pérez y Pérez, fueron quienes otorgaron la licencia de construcción cuya negociación había iniciado el político que hoy quiere volver a gobernar Tlalpan, misma que fue ratificada y defendida por Higinio Chávez.
“Nos encontramos en la etapa final y esperaríamos que las autoridades ejecutivas tomen decisiones con voluntad, sin importar el momento político ni el color del gobierno, para hacer cumplir la ley y respetar el Estado de Derecho”, argumentó el abogado Rolando Cañas Moreno, quien ha llevado el caso.
Cañas dijo que en este momento el fondo de la sentencia es inamovible, aunque tampoco descartan actos de dilación para el cumplimiento de la sentencia por parte de la empresa.
Por este motivo, los habitantes del Conjunto Residencial Tlalpan II solicitaron a los medios de comunicación su apoyo para mantener la más amplia difusión del caso y su solicitud para que el Gobierno del Distrito Federal, apegado a los principios de equidad, justicia y democracia que animan al gobierno de Marcelo Ebrard Casaubón, “lleven a efecto la ejecución de la sentencia que, en estricto sentido jurídico, determina la demolición de la construcción realizada al amparo de autorizaciones declaradas nulas por los órganos jurisdiccionales competentes de manera definitiva y concluyente”.
Asimismo, los condóminos del Conjunto Residencial Tlalpan II dieron a conocer que ganaron en primera instancia la demanda por daño moral que por 46 millones de pesos interpuso en su contra el empresario del Servicio El Tlalpense, con lo que pretendía resarcir los daños económicos causados por la sentencia del Tribunal, luego de haber iniciado una construcción que a todas luces era irregular.
La sentencia del Juzgado Quincuagésimo Octavo de lo Civil, bajo el expediente 70/2010, “de todas las prestaciones reclamadas a todos y cada uno de los codemandados”, que en su contra intentó el empresario, “por estimar que las acciones de protesta desplegadas por los integrantes organizados del Conjunto Residencial Tlalpan Dos, para pronunciarse públicamente en contra de la construcción y operación de la gasolinera contigua a dicho condominio habitacional, domiciliada en Avenida Insurgentes Sur 4097; no resultaron constitutivas de ilícitos civiles, ni generadoras de daños morales o de responsabilidad objetiva en contra de Servicio El Tlalpense, S.A. de C.V.